Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1882-1883 (Cortes de 1881 a 1884)
Sesión: 7 de abril de 1883
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: 82, 1865-1867
Tema: Reforma de los artículos del Reglamento relativos a la fórmula del juramento

El Sr. PRESIDENTE: El Sr. Presidente del Consejo de Ministros tiene la palabra.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Toda la rectificación del Sr. Labra está fundada en un error; en que S. S. cree que cada Diputado que se ha levantado aquí a dar sentido y a dar significación al juramento lo ha hecho de distinta manera, y precisamente es en lo que hemos estado todos unánimes; desde el Sr. Cánovas hasta los individuos de la Comisión, todos hemos dado el mismo significado, absolutamente todos. Pues bien; dada esa significación, yo le declaro a S.S. que la protesta no me parece peligrosa; lo que me parece es ridícula para los que la hagan (Varios rumores), ridícula para los que la hagan. (El Sr. Labra: Pido la palabra.)

De la misma manera que S. S. no tiene necesidad, cuando jura y está dispuesto a jurar, y juran todos los republicanos del universo, fidelidad y respeto a la Constitución del Estado, del propio modo no tiene necesidad de anunciar si dentro de quince o veinte años cree que puede modificar la Constitución del Estado, procurará hacerlo. No se falta al juramento porque dentro de las leyes y por los medios que las leyes determinan se procure la modificación de las leyes, hasta el punto de que, si esto no fuera admisible, no habría modificación posible en las leyes, no habría Cortes, no sería posible el régimen representativo.

A lo que no se puede tocar es a la base del organismo político, ni aquí ni en la República; y por consiguiente, créame S. S., yo no sé el procedimiento que se adoptará; pero, créame S. S., no se trata de expulsar [1865] a nadie; se trata, por el contrario, de que vengan aquí todas las opiniones dentro de la legalidad, y dada la sumisión y respeto a la legalidad, que es lo que significa el juramento, que sostenga cada cual la integridad de sus opiniones. Su señoría, al jurar, no jura ni más ni menos que eso, y queda después de jurar tan republicano como lo era antes, y por consiguiente, no es necesaria la protesta: ¿a qué la protesta? (El Sr. Castelar: Pues la protesta la haremos. -Su señoría pide la palabra.)

Pues es mal hecho, Sr. Castelar; es mal hecho, porque eso no es formal; sabiendo que queda cada cual con la integridad de sus opiniones, y no teniendo más valla que aquella que verdaderamente impone el honor, no hay necesidad de nada; y sería mejor y más digno, en vez de subir a esa tribuna para luego bajar y protestar de lo que se hace, no subir; eso es lo digno; lo demás no quiero calificarlo más que de ridículo. (El señor Labra: Eso es haber partidos legales e ilegales.) No hay partidos legales ni ilegales; yo niego eso; porque yo no condeno a S. S. ni a sus amigos, que son legales, porque no presten el juramento; no hay semejante cosa; queda S. S. con la integridad de sus opiniones; S. S. y sus compañeros no están considerados como partido ilegal, aunque S. S. y sus amigos no sean monárquicos; la suya es una aspiración como otra cualquiera que el Código penal no condena, y por consiguiente no es ilegal.

En esta parte también estoy con la teoría que expuso el Sr. Cánovas del Castillo en su rectificación, pero no es su discurso, porque en la rectificación lo que hizo fue rectificarse a sí propio, rectificar su discurso. Después de decir con una arrogancia propia de S. S., que en lo de partidos legales e ilegales nadie sabía lo que se decía, resultó que no había más que uno que no supiera lo que decía, y que no eran los demás que habían tratado este punto; después de haber sostenido que el Gobierno venía por esta idea del juramento a determinar la clasificación de partidos legales o ilegales, él mismo declaró en la rectificación que no había partidos legales e ilegales; pero que había actos, que había hechos, que había palabras legales e ilegales, lo cual no ha de desmentir nadie, lo acepta todo el mundo; por consiguiente, no tiene nada que ver esto con la doctrina de los partidos legales e ilegales, como no tiene nada que ver en los demás países donde hay juramento.

¿Se le ha ocurrido a nadie decir que en Italia hay partido legales o ilegales porque exista el juramento? ¿Se le ha ocurrido a alguien decir que en Inglaterra el Gobierno o el Presidente que exigen el juramento determinan también la clasificación de partidos legales e ilegales? Pues eso es lo que queremos aquí: lo que pasa en Italia, y en Inglaterra, y en los Estados Unidos, y en todas partes, excepto en Francia, que tiene abolido el juramento provisionalmente; pero cuando Francia salga de las dificultades que tiene todo Gobierno, cuando Francia acabe con los obstáculos con que todos los Gobiernos tropiezan, tengo casi la seguridad, y voy a quitar el casi, tengo la seguridad de que establecerá el juramento, y más expresivo que lo tenemos nosotros aquí.

Y esas Repúblicas a que S. S. tiene tanto cariño, la de los Estados Unidos y la de Suiza, todos esos republicanos con los cuales S. S. está en relaciones, a quienes S. S. estima, ¿cree S. S. que tienen menos dignidad que S. S.? (El Sr. Labra: No juran ni en los Estados Unidos ni en Suiza.) ¡Cómo que no juran! ¿No juran en los Estados Unidos? ¿No juran en Suiza también? Vais a ver cómo juran en Suiza. (Apostrofando a los de la izquierda.) ¿En dónde me han dicho que no juran? (Nadie contesta.) Yo no quiero molestar a los Sres. Diputados, por lo mismo que no quería entrar en el fondo de este debate, del cual me he ocupado ya con ésta siete veces; me he ocupado de él tres veces en el Senado y cuatro en el Congreso, y todavía hay alguien que dice que no me he ocupado lo bastante de este asunto. Es verdad: en España se entiende que se hacen las cosas hablando mucho, y yo entiendo lo contrario.

Pero, en fin, como no quiero molestar a los señores Diputados, les pido que me indiquen el país en que creen que no juran los republicanos, ya que al Sr. Castelar me dirijo. No queda más que la Francia, y yo aseguro que la Francia establecerá el juramento.

Por consiguiente, insisto en que todos, absolutamente todos, lo mismo lo que han hablado en nombre del partido conservador que los que han hablado en nombre de la mayoría y en nombre de las demás fracciones que pueda haber aquí, todos han dado al juramento la misma significación; porque el único que le dio una significación diversa en su primer discurso, que fue el Sr. Cánovas, se rectificó en su segundo discurso, y por lo tanto, como a su segundo discurso nos atenemos, todos hemos dado la misma significación; y como esa es la significación que tiene en todos los países en que se jura, sin que los republicanos por esto se crean lastimados ni tengan necesidad de protestar, yo espero que aquí los republicanos hagan los mismo que los de otros países; ¿o es que son de distinta naturaleza los republicanos españoles?

Insiste el Sr. Moret en que el Gobierno, por último, se somete al partido conservador en su fórmula. No es eso, Sr. Moret: el Gobierno cumple con su deber; ha hecho una transacción con el partido conservador; creía que con la izquierda. Pues bien; el Gobierno no cumpliría con su deber si hoy faltara a la transacción sin la autorización de las partes que con él han transigido.

Alguna de las partes que han transigido puede, en uso de su derecho, prescindir de sus compromisos; pero el Gobierno no puede y no prescinde. ¿Es esto someterse al partido conservador? No; lo que hay es que le dice al partido conservador: ¿aceptas, tú que has transigido conmigo, esta modificación, porque si la aceptas yo la acepto? ¿Me dice que no? Pues yo tengo por honor, por deber, por compromiso, que sostener la transacción, aunque es verdad que bastante trabajé yo para que el partido conservador viniera a esa transacción.

Pero en último resultado, ¿a qué queda reducida la cuestión? A si se ha de decir legítimo o constitucional, cuando todos declaramos que legítimo es lo mismo que constitucional, y constitucional lo mismo que legítimo. Pues entonces, ¿dónde el equívoco, dónde la duda, si es igual? Pero, Sr. Moret, si SS. SS. son los menos, ¿por qué no han de venir con los más, puesto que es igual legítimo que constitucional? Pues vengan los menos con los más.

Pero, Sr. Moret, S. S. es el que no ha estado afortunado al hacer la historia de la fórmula del juramento, porque S. S. y sus amigos aceptaban esta fórmula, luego por ciertas dificultades que yo ignoro, SS. SS. la admitían con una pequeña modificación que es mucho menor que la explicación que ahora se ha dado de lo que significa legítimo; y por consiguiente, yo estaba [1866] siempre en la idea de que SS. SS. no querían la abolición del juramento; y además de esta razón, porque cuando presentó el Sr. Becerra su proposición de ley, S. S. fue el único del partido monárquico-democrático que no la votó. (El Sr. Becerra pide la palabra.) Por consiguiente, créame S. S., es una cuestión de amor propio nada más.

Vamos, pues, a la transacción, vamos a votar todos esta fórmula, y yo tengo la seguridad que votada habremos dado un gran paso para evitar estos espectáculos que no son favorables para nadie. (Varios señores Diputados: A votar, a votar.)



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